Ya rige el sistema integrado de información agrícola

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A partir de la publicación de la Resolución, la inscripción en el “SISA” será de carácter obligatoria y gratuita para todos los productores de granos y semillas en proceso de certificación

BUENOS AIRES (NAP) Con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 4248 el 25 de junio, quedó conformado el Sistema de Información Simplificado Agrícola, que se conocerá como “SISA”, reemplazará los Registros y Regímenes informativos vinculados a la actividad de producción y comercialización de granos y semillas en proceso de certificación -cereales y oleaginosas- y legumbres secas.
La creación y unificación del nuevos sistema de registros fue anunciado por el presidente Mauricio Macri en la última edición de la muestra internacional Expoagro que se realizó en su predio fijo, ubicado en la ciudad de San Nicolás en marzo último.
En ese sentido, la Resolución que integrará las gestiones de los siguientes organismos:
1. Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas (RFOG) –
2. Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas (TIRE) –
3. Padrón de Productores de Granos Monotributistas (PPGM)
4. Régimen Informativo de Capacidad Productiva y Producción
5. Registro Nacional Sanitario (RENSPA) – Resolución N° 423 del 22 de septiembre de 2014 del
6. Registro de Usuario de Semilla (RUS) –
7. Todos aquellos registros y/o regímenes informativos de los organismos intervinientes, que los mismos determinen en el futuro.
A partir de la publicación de la Resolución, la inscripción en el “SISA” será de carácter obligatoria y gratuita para todos los productores de granos y semillas en proceso de certificación -cereales y oleaginosas- y legumbres secas; los operadores que intervengan en la cadena de comercialización de dichos productos y los propietarios, copropietarios, usufructuarios y ocupantes, cualquiera fuera su título, y sus subcontratantes cualquiera fuera su modalidad de contratación, de tierras rurales explotadas situadas en el país, en la medida en que en ellas se desarrolle el cultivo de dichas especies.
La información requerida por el “SISA” se deberá suministrar mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio “web” de la Administración Federal de Ingresos Públicos, organismo autárquico en la órbita del Ministerio de Hacienda (http//www.afip.gob.ar).

Para definir el “ESTADO” que le corresponderá a cada persona física o jurídica en el “SISA”, evaluará su conducta fiscal y la relacionada con los demás organismos intervinientes, lo que permitirá administrar beneficios fiscales conforme a la calificación obtenida.
La información ingresada por los sujetos que hubieran tramitado la obtención de la/s “Constancia/s de alta de tierras rurales explotadas” o la/s “Constancia/s de modificación o adenda de contratos”, será migrada al “SISA”, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución General N° 4.096-E/17, cuando se encuentre vigente al momento de la incorporación del sujeto al nuevo sistema (Noticias AgroPecuarias)
EB.

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