La Sociedad Rural ganó un round judicial y la causa por las retenciones vuelve a un tribunal de Córdoba

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Es sobre el planteo de inconstitucionalidad del tributo. ‘Se consideró la importancia institucional del federalismo judicial’, expresó Nicolás Pino, presidente de la SRA.

(NAP) En enero de 2022 la Sociedad Rural Argentina instó al gobierno nacional a discutir un nuevo régimen tributario frente a la imposibilidad de continuar exigiendo el cobro de retenciones, luego del 31 de diciembre de 2021, al haber vencido las facultades de emergencia delegadas por el Congreso en el Poder Ejecutivo.

El Juzgado Federal de Córdoba resolvió reconocer a la SRA como una entidad con solvencia institucional y capacidad técnica y económica suficiente para ser designada como representante de todos los productores rurales argentinos en el proceso colectivo en el que se solicita la declaración de inconstitucionalidad del cobro de derechos de exportación.

Frente a ello, el Estado Nacional y la Administración Federal de Ingresos Públicos intentaron impedir la continuación normal del proceso con distintos planteos, entre otros, solicitaron la intervención de los jueces federales de la Capital Federal.

“En la sentencia dictada ahora, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó el intento del Estado por sacar la causa de sus jueces naturales”.

El presidente de la Rural, Nicolás Pino, también agregó: “El tribunal se hizo eco de la posición jurídica expuesta por la SRA y respaldada en precedentes de la Corte Suprema de Justicia para atribuyó la competencia a la justicia federal de Córdoba. De ese modo, tuvo en consideración la importancia institucional del federalismo judicial, así como de la necesaria inmediatez entre la justicia y el lugar donde se producen los perjuicios que se procuran evitar”.

Es por eso que, a partir de ahora, la causa deberá volver a la justicia federal de Córdoba, a donde habrá de continuar su trámite hasta el dictado de una sentencia definitiva que resuelva sobre la constitucionalidad de las retenciones a la exportación.

La sentencia de la Sala II de la Cámara Contensioso Ademinirtativa se puede leer aquí.  (Noticias AgroPecuarias)

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