UE: Las empresas cárnicas que quieran exportar a Reino Unido deberán inscribirse en TRACES NT

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El plazo vence el 15 de septiembre de este año. La obligatoriedad de las exportadoras comunitarias obedece a que el Reino Unido es considerado tercer país, después del Brexit.

BUENOS AIRES (NAP) Luego de la formalización del Brexit, el Reino Unido paso a ser considerado un país tercero.

Uno de los cambios que más afecta al comercio cárnico con el ahora archipiélago extra comunitario  es que a partir del próximo 1 de octubre, los operadores que trabajen con productos de origen animal incluidos en el anexo III del Reglamento 853/2004, deben registrarse en TRACES NT para poder exportarlos al Reino Unido, informa la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.

Para ello, todas aquellas empresas que estén exportando a Reino Unido estos productos pueden facilitar sus datos, a través del formulario habilitado en el siguiente enlace, antes del 15 de septiembre, informó este jueves el portal Eurocarnes.

A la hora de rellenar el formulario, los datos deben coincidir con la información que figura en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias (RGSEAA), por lo que se recomienda acceder a este Registro y copiar los datos del establecimiento para incluirlos en el formulario(Noticias AgroPecuarias).

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