El Gobierno desmintió un nuevo dólar para el agro

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‘Es un gran disparate’ dijeron voceros del Gobierno. Había versiones de que s iba a autorizar un aumento de 30% o 40% el tipo de cambio para el campo.

BUENOS AIRES (NAP). El Gobierno argentino desmintió este jueves que se esté analizando un dólar destinado exclusivamente para los productores agropecuarios. “No hay nada de eso”, dijeron en off de record los voceros a varios medios.

Tras el anuncio de un “dólar turista” para extranjeros en el mercado financiero, la versión comenzó haciendo referencia a los dólares que se manejan en las exportaciones de granos, el plan estaría basado “en aumentar 30% o 40% el tipo de cambio para el campo”, que funcionaría como un incentivo para que los productores salgan a vender sus granos, guardados en silos dado la poco conveniencia de negociarlos con la brecha cambiaria actual.

Los voceros del Gobierno lo desmintieron. “Es parte de una especulación tendiente a forzar el mercado de cambio restringiendo la oferta de divisas”, indicaron y se reiteró que: “No se evalúa ninguna medida que implique mejorar ese tipo de cambio para el agro”.

La versión se alimentó dado que la medida de favorecer la liquidación de dólares al turista marca un despropósito: un extranjero puede liquidar sus dólares a 320 pesos (cercano al valor del dólar blue, que en el Gobierno llaman ‘ilegal) mientras que un productor de campo se ve obligado a hacerlo al dólar oficial de 130 pesos (este jueves), al que ademas le debe descontar las retenciones (81 dólares). 

Dólar turista

En las últimas horas, el Banco Central -a través de la Comunicación “A” 7551- habilitó a las entidades autorizadas -bancos y casas de cambio- a “recibir billetes en moneda extranjera de turistas no residentes para concretar, por cuenta y orden de ellos, la compra de títulos valores con liquidación en moneda extranjera para posteriormente venderlos con liquidación en pesos”.

Esto es, realizar una operación de venta de dólar a través de la cotización Dólar MEP en el mercado de capitales, siempre y cuanto “cuenten con una declaración jurada de la persona humana no residente en la que conste su condición de turista y que, en los últimos 30 días corridos y en el conjunto de las entidades, no ha realizado operaciones que superen el equivalente a 5.000 dólares.

Para ello el cliente deberá ser debidamente identificado mediante documento de identificación válido y, además, no formar parte de las listas elaboradas con las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en materia de lucha contra el terrorismo y que no resida en países donde no se aplican, o no se aplican suficientemente, las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional.

“En caso de que el cliente no residente entregue una moneda extranjera distinta del dólar estadounidense, a los efectos de la realización de la compra de los títulos valores se tomará el monto equivalente en dólares estadounidenses resultante de concretar un arbitraje”, detalló el BCRA. (Noticias AgroPecuarias)

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