El Senasa ordenó actualizar el Renspa y habrá 90 días para regularizar los datos de los establecimientos

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Es para todos los que no hayan renovado sus datos en el último año. Alcanza a productores agrícolas, ganaderos y mixtos. Habrá sanciones si no actualizan.

(NAP) El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria de Argentina dispuso una actualización obligatoria del Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios y otorgó un plazo de 90 días corridos para que los productores regularicen la información de sus establecimientos. La medida quedó formalizada mediante la Resolución 679/2026, publicada en el Boletín Oficial.

La obligación alcanza a todos los titulares de Renspa que tengan más de un año desde la inscripción o desde la última actualización integral de sus datos. Según explicó el organismo, el objetivo es depurar registros desactualizados, inactivos o incompletos y mejorar la trazabilidad y la gestión sanitaria de las actividades agropecuarias.

El Renspa es obligatorio y gratuito para productores pecuarios, agrícolas y mixtos de todo el país, independientemente de la escala de producción o de la tenencia de la tierra. La normativa recuerda que este registro es una herramienta central para vincular cada establecimiento con las actividades que desarrolla y con las acciones sanitarias, fitosanitarias y de inocuidad exigidas por el Senasa y por los mercados internacionales.

Qué pasa si no se actualiza

La resolución establece un esquema progresivo de sanciones. Una vez vencido el plazo de 90 días, los RENSPA que no hayan sido actualizados podrán ser dados de baja. Además, el organismo prevé un bloqueo operativo por otros 90 días para quienes no regularicen su situación dentro del período inicial.

La baja tiene consecuencias directas: el productor no podrá realizar actividades que requieran intervención, autorización o certificación del Senasa, lo que puede afectar movimientos de hacienda, trámites sanitarios, certificaciones y otras operatorias vinculadas al organismo. La reactivación del registro será posible, pero deberá tramitarse conforme al procedimiento establecido por el Senasa y no excluye eventuales controles o acciones sanitarias adicionales.

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