El Gobierno oficializó la eliminación de las retenciones para las economías regionales

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Alcanzan al vino, mosto, arroz, tabaco, producción forestal y cáscara de citrus y más productos con proceso industrial; en el decreto se reconoce que aún quedan productos con retenciones.

Maní sin cáscara.

(NAP) El Gobierno argentino fijó este jueves, y de forma retroactiva a partir del 1 de septiembre, la eliminación de las retenciones para una serie de productos de las economías regionales como el maní, el arroz, la industria forestal y el vino, formalizando así el anuncio que hizo e ministro de Economía y candidato a presidente por el partido oficialista Unión por la Patria, Sergio Massa en la Exposición Rural de Palermo. La medida se dio a través del decreto 462 y fue publicado en el Boletín Oficial.

En los considerandos dice que “si bien durante los años 2020 y 2021 la alícuota del Derecho de Explotación se ha reducido, e incluso se fijó en un 0% para distintas mercaderías, aún quedan pendientes algunas modificaciones, ya que siguen existiendo productos de las economías regionales y otros, con agregado de valor respecto a sus procesos de elaboración, que continúan pagando este derecho”, señalan los considerandos.

Entre los que aún ‘quedan pendientes’ hay productos que no son alcanzados en todas sus varientes, sino solo en alguna, como el maní sin cáscara (sí) y con cáscara (no). También pasa productos del sector arroz, tabaco y madera.

La eliminación de las retenciones apunta a “promover las ventas a mercados externos” y “mejorar el nivel de ingresos de los productores y elaboradores”, además de “fortalecer el arraigo y permanencia de la población rural en cada región” y “propender a mejorar la calidad de los productos”.

La decisión también busca incentivar el agregado de valor nacional y las exportaciones “de las cadenas productivas con mayor presencia territorial y potencial de creación del empleo”.

Productos beneficiados

Entre los productos beneficiados por la eliminación de las retenciones se encuentran las cáscaras de cítricos, jugos y esencias cítricas, el sábalo, jugo de uva, vino, arroz sin cáscara parbolizado o procesado, arroz descarrillado, extracto de roble y de quebracho, papa, maní sin cascara y aceite de maní.

Los anexos del decreto con las diversas posiciones arancelarias abarcadas aclaran que se mantendrán derechos de exportación del 3% para el arroz con cáscara parbolizado y el arroz con cáscara común, un 2% para el arroz partido; y 4% y 3% para el maní con cáscara y el pellet de maní, respectivamente.

Del mismo modo, el tabaco sin procesar pagará 5%, mientras que la leña abonará 4% y distintas maderas en bruto 3%. (Noticias AgroPecuarias)

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