Afip reglamentó el nuevo mínimo imponible del Impuesto a las Ganancias

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A partir de septiembre 1,2 millones de asalariados que cobran menos de $175.000 dejan de pagar el impuesto.

BUENOS AIRES (NAP). La Administración Federal de Ingresos Públicos, a cargo de Mercedes Marcó del Pont, reglamentó el incremento del nivel de ingresos salariales a partir del cual los trabajadores empiezan a pagar Impuesto a las Ganancias.

La modificación comenzará a regir con los salarios de septiembre que se pagan en octubre. De esta forma, quienes perciban una remuneración bruta mensual de hasta $175.000 no se verán alcanzados por el tributo.

La medida beneficia a más de 1.200.000 personas. La normativa también excluye del cálculo del impuesto al pago del Salario Anual Complementario que se abona en diciembre.

“La modificación en el Impuesto a las Ganancias es una herramienta que apuntala la recuperación del poder de compra de los salarios de las trabajadoras y los trabajadores”.

“Los cambios se suman a las distintas medidas impulsadas por el Gobierno para fortalecer el proceso de recuperación económica”, sostuvo la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

La medida fue acelerada tras la derrota del Gobierno en las elecciones Paso, por lo que  es considerada por la oposición por “una propuesta electoralista” de cara a la votación  del próximo 14 de noviembre para renovar 127 diputados de todo el país y 24 senadores  en 8 provincias.

La Resolución General N° 5076 de la AFIP reglamenta el Decreto 620/2021 que actualizó los valores de la deducción especial para promover que el Impuesto a las Ganancias no neutralice los beneficios derivados de la política económica y salarial asumida por el Gobierno en orden a dar sostenibilidad al poder adquisitivo de los salarios y fortalecer la demanda interna.

De acuerdo a la normativa de la AFIP, cuando un empleador o empleadora hubiera realizado la liquidación de los haberes devengados en septiembre con anterioridad al dictado la normativa, la devolución del saldo a favor del trabajador o la trabajadora deberá realizarse en el primer pago que se le realice.

Impuesto a las Ganancias: los cambios

La normativa también contempla que las personas con remuneraciones mensuales entre $175.000 y $203.000 brutos afronten una menor carga tributaria.

La medida también exime del pago del Sueldo Anual Complementario a las trabajadoras y los trabajadores cuya remuneración promedio mensual del segundo semestre no supere los $175.000. (Noticias AgroPecuarias)

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