Afip oficializó los cambios en el Impuestos a las Ganancias
La medida eleva el mínimo no imponible a $150.000. Es retroactiva al 1 de enero por lo que la devolución, tal como anticipó Ámbito, será en cinco cuotas consecutivas.
BUENOS AIRES (NAP). La Administración Federal de Ingresos Públicos informó en el Boletín Oficial publicado hoy la reglamentación de los cambios en el Impuesto a las Ganancias, que entre otras cuestiones eleva el mínimo no imponible a $150.000.
La medida es retroactiva al 1 de enero por lo que la devolución será en cinco cuotas consecutivas.
Por otra parte indicó que incrementará el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben presentar la declaración jurada informativa para Ganancias y Bienes Personales a $2,5 millones.
La Resolución General 5008/2021, publicada este martes en el Boletín Oficial, reglamentó los cambios en el Impuesto a las Ganancias que fueron aprobados por el Congreso Nacional a principios de abril.
Al respecto, se precisó que el trámite “correspondientes al período fiscal 2020, podrá efectuarse -con carácter de excepción- hasta el 31 de julio de 2021, inclusive”.
Con la firma de la titular de la Afip, Mercedes Marcó del Pont, se estableció que, “a fin de determinar los montos límites previstos para la aplicación de las exenciones” de Ganancias, tendrá que “considerarse el promedio del monto de la remuneración y/o haber bruto mensual correspondiente al período fiscal anual”.
“En aquellos meses en que la remuneración y/o haber bruto del mes que se liquida o el promedio de las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales a ese mes -el que fuere menor- supere la suma de $150.000 y resulte inferior o igual a $ 173.000, los agentes de retención computarán, en el mes que se liquida, una deducción especial incrementada conforme el tramo en el que se ubique la referida remuneración y/o haber bruto mensual o promedio” en la nueva tabla del impuesto, que fue publicada como anexo de la norma principal. (Noticias AgroPecuarias)