Permiso para circular: cómo y quiénes deben tener el certificado

Spread the love

El Gobierno dispuso nuevas restricciones a la circulación, incluyen el uso de transporte solo para trabajadores esenciales y limitación de la circulación.

BUENOS AIRES (NAP). En el marco de la segunda ola de contagios de Covid-19, el Gobierno argentino dispuso nuevas medidas que incluyen una cuarentena estricta del 22 al 30 de mayo, en el que solo estarán habilitadas para circular y usar el transporte público los trabajadores de actividades esenciales.

El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, anunció que “sólo las actividades esenciales no necesitan reempadronarse”. Estos permisos de circulación quedarán activos y no es necesario volver a tramitarlos.

Qué pasa con los permisos de actividades no esenciales
En tanto, los permisos de actividades no esenciales se darán de baja y habrá que volver a tramitarlos en argentina.gob.ar/circular. Esto incluye también los permisos especiales de 24 y 48 hs. y los permisos de escolaridad presencial.

Por su parte, los permisos de vacaciones se darán de baja y no se podrán volver a tramitar.

Cómo sacar el permiso para circular
Para solicitar el nuevo permiso deberán ingresar en la página www.argentina.gob.ar/circular, o bien obtenerlo mediante la app Cuidar.

Cabe recordar que se consideran esenciales a las actividades y servicios cuyo personal afectado ha sido exceptuado a través del artículo 6º del Decreto Nº 297/20 y de las Decisiones Administrativas Nros. 429/20, 450/20, 467/20, 468/20, 490/20, 703/20, 729/20 y 810/20. El listado actualizado está disponible en el sitio www.argentina.gob.ar/circular.

Quiénes pueden viajar en transporte público
Cabe señalar que también podrá circular en el transporte público el personal doméstico. El resto de los trabajadores esenciales son:

-Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
-Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad de Buenos Aires. Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
-Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
-Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos
-Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
-Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
-Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
-Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
-Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
-Personal afectado a obra pública.
-Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. -Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
-Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
-Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
-Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
-Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
-Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
-Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
-Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP
Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
-Servicios de lavandería.
-Servicios postales y de distribución de paquetería.
-Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
-Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
-S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
-Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garages y estacionamientos con dotaciones mínimas.

-Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual.

Inscripción, identificación y documentación de personas.
-Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos.
-Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo.
-Traslado de niños, niñas y adolescentes.
-Personal de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL -ANSES-.

Cómo descargar el certificado de circulación
Para tramitar el certificado único habilitante para circular deberás seguir los siguientes pasos:

Informar en caso de que se tenga DNI argentino o no y hacer click en la opción correspondiente.
Seleccionar provincia a donde se deba ir. Si la opción elegida es, por ejemplo, Buenos Aires se deberá diferenciar entre municipios pertenecientes al AMBA o fuera del AMBA.

Se deberá seleccionar el motivo por el que se solicita el permiso. Hay tres opciones: Viajar a tu trabajo, ir a un establecimiento educativo a trabajar o estudia o un permiso especial (hacer trámites o tratamientos médicos; trasladar hijos o hijas; asistir a familiar; viajar en micro, tren o avión; manejar por ruta; ir a un evento; practicar deporte).

Una vez elegida la opción, hacer click en “Completar formulario”. En este paso deberás llenar los espacio con tus datos personales, como domicilio de residencia o CUIT del empleador.

Además deberás adjuntar documentación que justifique el permiso y permita comprobar que la persona realiza ese trabajo. Este documento puede ser un recibo de sueldo, monotributo o una carta del empleador. El archivo puede ser subido en .doc, .docx, .pdf, .jpg y .png, y no debe sobrepasar los 10 mb de peso.

Por último, al finalizar el formulario, en ambas opciones te aparecerá un cartel para hacer click en la frase “No soy un robot” y luego en “Solicitar Certificado”.

Tal como indica el sitio, si pediste un certificado especial para hacer un trámite, un tratamiento, trasladar tus hijos o hijas o asistir a un familiar, tendrá validez por 24 horas y solo se podrán sacar dos por semana.

También le puede interesar...