Sigue vigente por 3 meses la Resolución bonaerense sobre la aplicación de agroquímicos

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Una vez finalizada la etapa de trabajo con las instituciones académicas y de investigación, se procederá a la publicación de las conclusiones del Observatorio.

El MDA prorrogó el vencimiento de una Resolución referida a los agroquímicos

LA PLATA (NAP) El Ministro de Desarrollo Agrario (MDA), Javier Rodríguez, prorrogó por el término de tres meses la suspensión de la Resolución 246/19 sobre la aplicación de agroquímicos en la Provincia de Buenos Aires, que establece zonas de amortiguamiento como interfaces que permiten mejorar la gestión de los factores que condicionan las aplicaciones de fitosanitarios y la convivencia del interés de la comunidad con los valores productivos y ambientales.

La decisión se debe a la necesidad de posibilitar la culminación de los procesos de trabajo en curso a cargo del Observatorio Técnico de Agroquímicos (OTA).

El observatorio fue creado el 13 de febrero de 2020, con el objetivo de reunir, desarrollar y aportar información científico técnica sobre el uso, la aplicación de agroquímicos y sus efectos que permita implementar políticas públicas específicas.

La creación del OTA responde a la determinación del Estado provincial de abordar esta temática con la mayor responsabilidad, apoyado en evidencia técnica y científica que le permita fundamentar las decisiones que se tomen en torno a la misma.

Es la primera vez que el Estado, en este caso encabezado por el MDA, destina recursos para sistematizar todas las evidencias existentes en relación a los impactos que tienen los agroquímicos sobre el ambiente y para la formulación de estrategias que permitan minimizarlos.

El relevamiento de información se realiza además, con la participación de OPDS, el Ministerio de Salud y la Autoridad del Agua a través de su participación en la Mesa Interministerial creada junto con el Observatorio,

La intención de la cartera agraria es lograr compatibilizar el desarrollo productivo bonaerense con la protección de la salud de la población y el ambiente.

El OTA cuenta con 544 documentos científicos-técnicos aportados por las distintas instituciones.

El proceso de intercambio contempló una primera reunión el 9 de marzo de 2020 con las Universidades Nacionales, Provinciales y centros de investigación científica de la Provincia.

Además participó el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y la Comisión de Investigaciones Científicas (CIC), quienes aportaron contribuciones originadas en las investigaciones que realizan en materia de agroquímicos.

Hasta el momento el OTA cuenta con 544 documentos científicos-técnicos aportados por las distintas instituciones, utilizados para la elaboración de los documentos síntesis del Observatorio.

El 10 de noviembre se inicio el ciclo de encuentros con los autores de los documentos y representantes de las universidades y centros de investigación, conformando así un espacio de intercambio entre los distintos actores.

El próximo 23 de febrero se llevará a cabo una nueva mesa de trabajo, en la que se abordarán las investigaciones aportadas sobre las categorías “Agroquímicos y Salud Humana”, “Impacto Ambiental del Uso de Agroquímicos” y “Aspectos Sociales del Uso y Aplicación de Agroquímicos”.

Una vez finalizada la etapa de trabajo con las instituciones académicas y de investigación, se procederá a la publicación de las conclusiones del Observatorio para ser sometidas al aporte del resto de los actores involucrados de la sociedad en su conjunto, en una instancia de intercambio público participativo.

La Resolución

Entre otras cuestiones, la norma 246/2019 que lleva la firma del entonces ministro de Agroindustria, Leonardo Sarquis, establece que con fecha del 1 de enero de 2019 “los lotes contiguos al área urbana, zona residencial extraurbana, área de población dispersa, márgenes de cursos o cuerpos de agua, zonas de bombeo, establecimientos educativos, áreas de esparcimiento y reservas naturales comprenderán la zona de amortiguamiento”.

Para las aplicaciones de fitosanitarios en las zonas de amortiguamiento, deberán considerarse las características intrínsecas del producto a utilizar (ej. toxicidad y tensión de vapor), la regulación necesaria del equipo (ej. velocidad de avance, presión y caudal de trabajo, tamaño de gota, altura de los picos pulverizadores y tipo de boquilla) y las condiciones meteorológicas antes y durante la aplicación (ej. temperatura, humedad relativa, velocidad y dirección del viento).

Otro de sus artículos establece que los profesionales ingenieros agrónomos u otro título equivalente matriculado, que intervengan en la zona de amortiguamiento deberán asistir a jornadas de actualización técnica específicas que determine la Autoridad de Aplicación.

Asimismo, ésta podrá convenir con los municipios la manera de ejercer el control de las aplicaciones en las zonas de amortiguamiento. (Noticias AgroPecuarias)

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