Diputados aprobó el megaproyecto de emergencia agropecuaria (con suba de retenciones)

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Pasó el Senado que lo debatirá este viernes y lo convertiría en ley. Contempla un impuesto de 30% por la compra de dólares. Cuáles son las principales reformas.

BUENOS AIRES (NAP). La Cámara de Diputados de Argentina aprobó por 134 votos afirmativos contra 110 votos negativos el proyecto de ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.

Luego de más de 15 horas de sesión en el Congreso de la Nación, a las 6.30 los legisladores dieron media sanción a este proyecto. Cabe destacar que se aprobó el proyecto en general y durante la mañana se discutirá de forma particular artículo por artículo.

Este proyecto declara la Emergencia Económica y toma medidas impositivas como llevar las retenciones a 33% para la soja y 15% para trigo y maíz.

Durante el transcurso del jueves, el Ejecutivo debió hacer modificaciones para poder tener quórum y conseguir los votos.

La iniciativa tuvo el apoyo total del Frente de Todos, que sumó además los respaldos de los interbloques Federal (encabezado por Eduardo “Bali” Bucca) y Unidad Federal para el Desarrollo (de José Luis Ramón).

Juntos por el Cambio y el Frente de Izquierda habían anticipado su rechazo en la previa, y sus bloques tampoco aportaron al quórum, que se logró con el número justo de 129. El proyecto Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública será enviado al Senado, que se reuniría en sesiones extraordinarias este viernes 20 de diciembre para dar sanción a la normativa en pos de su entrada en vigor antes de fin de año.

Estos son los puntos clave del proyecto de ley:

-El proyecto declara la emergencia pública hasta el 31 de diciembre de 2020 en nueve áreas del Estado: económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.

-Propone la creación de un nuevo impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) que grava por los próximos cinco años un 30% la compra de divisas extranjeras y el consumo de bienes o servicios en el exterior, como la compra de billetes aéreos.

-Establece un impuesto a la compra de dólares del 30 por ciento para la compra de dólares para atesoramiento (con el límite de 200 dólares mensuales ya fijado) y también para los gastos con tarjetas de crédito en el exterior, por el período de cinco años.

-Mantiene en vigencia la decisión de la administración anterior de limitar a 200 dólares por mes la compra para atesoramiento de las personas físicas. El 70% de lo recaudado a través de esta iniciativa se destinará a la seguridad social, mientras el 30% restante se dedicará a obras de vivienda e infraestructura.

-Suspende por seis meses el esquema de aumento tarifario de los servicios públicos, así como la fórmula con la que se calculaban los aumentos de las jubilaciones, que consistía en una ecuación que tomaba en cuenta los salarios y la inflación a partes iguales.

-Contempla otorgar 5.000 pesos en diciembre y enero a los jubilados que cobran la pensión mínima, sin detrimento de otros aumentos trimestrales que dispondrá el Poder Ejecutivo.

-Se suspende por seis meses la Ley de Movilidad sancionada en 2017 bajo la gestión de Mauricio Macri, que ataba los aumentos para jubilados, pensionados y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo a una fórmula compuesta por el Índice de Precios al Consumidor (inflación) y la Remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE, variación salarial). Los aumentos serán otorgados por decreto el Poder Ejecutivo.

-Suspende, en paralelo, la rebaja a las contribuciones patronales prevista a partir del año que viene, de modo que los empleadores del sector servicios pagarán un aporte del 20,4%, siempre que sus ventas superen los 48 millones de pesos anuales, mientras que el resto del sector privado pagará 18%.

-Faculta al Gobierno a fijar derechos de exportación cuya alícuota no podrá superar el 33% del valor imponible: en el caso de la soja aumenta de 30% a 33% y para trigo y maíz de 12% a 15%. Para productos agroindustriales de economías regionales se establece una alícuota tope del 5%, al igual que para bienes industriales y servicios.

-En cuanto a bienes exportables hidrocarburíferos o provenientes de la minería, se reduce el tope del 12 al 8%.

-Se autoriza al Poder Ejecutivo a intervenir el Ente Regulador de la Electricidad (ENRE) y el Ente Regulador del Gas (ENARGAS).

-También habilita al Gobierno a congelar las tarifas de electricidad y gas por el plazo de 180 días, “propendiendo a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares, comercios e industrias, para el año 2020”.

-A su vez, se faculta al Gobierno a iniciar un proceso de renegociación de la Revisión Tarifaria Integral vigente.

-Habilita al Poder Ejecutivo a “recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública de la República Argentina”, para lo que se pone a disposición del Gobierno 4.571 millones de dólares del Banco Central.

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