La rural de Junín recuerda la vigencia de una Resolución de ARBA

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Se trata de la medida que exime en forma parcial o total del pago del tributo. En el caso de la “Emergencia agropecuaria”, el productor queda eximido de abonar el 50 por ciento. SI fu declarado “Desastre Agropecuario”, queda eximido del pago del 100 por ciento

JUNIN, Buenos aires (NAP) La Sociedad Rural de Junín, recordó a todos los productores agropecuarios de la región, que ARBA (Agencia de Recaudación de Buenos Aires), reiteró la vigencia de la exención parcial o total, según corresponda, para el pago del Impuesto Inmobiliario Rural para quienes fueron afectados por diferentes contingencias climáticas.

En ese sentido, la rural de Junín reiteró que el Artículo 131 de la referida resolución, publicado en el Boletín Oficial, establece durante el ejercicio fiscal 2018 “…una exención en el impuesto Inmobiliario Rural para aquellos productores que hubieran sido alcanzados durante el ejercicio fiscal 2017, por la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario en el marco de la Ley Nº 10.390”.

En ese sentido el artículo especifica más adelante que “…dicha exención será del cincuenta (50%) del pago del impuesto Inmobiliario Rural en aquellos casos en los que se hubiera otorgado emergencia agropecuaria y del cien por ciento (100%) en los casos en los que se hubiera otorgado desastre agropecuario”

El documento concluye el mencionado artículo que “La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), dictará las normas que resulten necesarias para efectivizar el beneficio previsto en el presente artículo”(NoticiasAgroPecuarias)
EB .

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