Vicentín: Molinos Agro y LDC piden excluir el voto del fondo vinculado a Grassi para garantizar la transparencia del proceso

(NAP) Molinos Agro S.A. y Louis Dreyfus Company (LDC) informaron que presentaron ante el Juzgado interviniente en el concurso de Vicentin S.A.I.C. una solicitud de exclusión del voto de la acreedora Avir South S.A.R.L. (controlada indirectamente por CIMA, Grassi y sus abogados) del cómputo de mayorías, en el marco del procedimiento de “cramdown” de Vicentín.
La presentación sostiene que el voto de Avir South no debe contarse a los fines de alcanzar las mayorías requeridas por la ley, pues no se trata de un acreedor original de Vicentín, sino que adquirió sus créditos en forma posterior y en el contexto de una alianza entre Grassi S.A. y CIMA Investments S.A., utilizando una estructura financiera y societaria offshore que compromete la transparencia del proceso.
Según la documentación aportada en la presentación, los fondos con los que Avir South adquirió sus créditos (equivalentes al 37% del pasivo computable de Vicentin) provinieron de Soripel S.A. (sociedad uruguaya), controlada por Esteban Nofal, presidente de CIMA Investments y apoderado de Avir South. Soripel, a su vez, recibió esos fondos de Scarlett Sunset Ltd. (sociedad de Bahamas), vinculada a la familia Grassi; Comfi S.A. (Rosario), cuyos directores son socios del estudio jurídico Casanova -que asesora a Grassi-; y de Invergrain Corp. (sociedad de las Islas Vírgenes Británicas), presumiblemente vinculada a CIMA.
“Nuestra presentación busca preservar la transparencia del proceso y garantizar que los acreedores genuinos mantengan el poder y la libertad de decidir entre las propuestas presentadas. No puede permitirse que estructuras indirectas predeterminen el resultado de un concurso de esta magnitud”, señalaron Molinos Agro y LDC.
Las compañías argumentan que el voto de Avir South debe ser excluido del cómputo de las mayorías requeridas, ya que la ley es clara en establecer que solo los acreedores reconocidos en una determinada sentencia (la del artículo 36 de la Ley de Concursos y Quiebras) pueden emitir voto. Permitir que voten acreedores que ingresaron con posterioridad a la misma (como Avir South) y que además son controlados por uno de los grupos que están compitiendo en el proceso, abriría la puerta al “tráfico de votos” y en definitiva a una clara manipulación del resultado del cramdown en perjuicio de los demás acreedores. [Hablar de nuevamente “acreedores genuinos”]
Molinos Agro y Louis Dreyfus Company ratificaron su compromiso con un proceso transparente, equitativo y ajustado a derecho, que garantice igualdad de condiciones y libertad de decisión para todos los acreedores genuinos involucrados(Noticias AgroPecuarias).