La justicia cordobesa bajó a la Rural de una causa por retenciones

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La SRA planteó la inconstitucionalidad de los dex, pero la Cámara Federal de Apelaciones consideró que la entidad no puede representar a todos los productores.’ No resolvió la cuestión de fondo’.

Sede de la Cámara en la ciudad de Córdoba.

(NAP) La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba rechazó un amparo que había presentado la Sociedad Rural Argentina en 2020 para que se declare la inconstitucionalidad de los derechos de exportación (retenciones).

En un principio, la causa la había tomado el juez federal Ricardo Bustos Fierro quien se expidió de manera favorable, lo que permitió la admisibilidad de la acción y ordenó la inscripción del proceso en el Registro de Procesos Colectivos.

Pero el Gobierno de Alberto Fernández interpuso un recurso de apelación y el caso fue a parar a la  Cámara Federal de Apelaciones que resolvió ahora que la SRA no podía llevar adelante el reclamo, sino que cada productor debía hacerlo.

“El único legitimado para interponer acciones de esta índole es el sujeto al que está dirigida la carga patrimonial de un tributo, ya que la norma, al fijar el hecho imponible tuvo en cuenta su capacidad contributiva, por lo que es el único que posee un interés personal y directo el cual es susceptible de protección judicial”, señala el fallo, según reprodujo Diario Judicial.

La Rural se refirió al fallo y señaló que “es una resolución formal a una herramienta que se presentó para que los productores no tengan que hacerlo de manera individual”. Para la SRA “esta sentencia no decide la cuestión de fondo, que es lo que verdaderamente importa a la SRA y la razón de haber acudido a la justicia”, manifestó a La Nación.

Qué dijeron los jueces

La camarista Liliana Navarro comentó que nada impide que cada productor pueda realizar su reclamo individual, de conformidad a su especial situación jurídica. En este sentido, advirtió que no cumplieron los recaudos para hacer viable una acción colectiva.

“La legitimación activa invocada por la Sociedad Rural Argentina, no puede sustentarse”, expresó la jueza. Por su parte, el juez Abel Sánchez Torres expresó que todos los productores agropecuarios del país no cumplen con las pautas establecidas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Esto impide corroborar en forma adecuada si el interés individual considerado aisladamente no justifica la promoción de una acción, expresa el fallo. La jueza Graciela Montesi manifestó: “El universo de situaciones y supuestos que la parte actora pretende abarcar en su demanda resulta excesivamente vasto y heterogéneo y, además, presenta singularidades que impiden resolver la cuestión planteada, útilmente y con efecto expansivo en el marco de un único proceso”. (Noticias AgroPecuarias)

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