El Poder Ejecutivo reglamentó la ley de etiquetado frontal

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Los alimentos que tengan excesos de ciertos componentes llevarán una advertencia en el envase. Cuánto tiempo tienen las empresas para adaptar sus envases.

BUENOS AIRES (NAP). El Gobierno argentino oficializó la reglamentación de Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como ‘ley de etiquetado frontal’, y ahora los alimentos deberán poner una advertencia en los envases (octógonos) en caso de que contengan excesos en algunos de sus componentes, principalmente de azúcares, grasas totales, grasas saturadas, sodio y calorías.

Los objetivos de esta ley – aprobada en octubre de 2021- son garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada. Desde el Ministerio de Salud señalaron que la normativa brindará información nutricional comprensible de los alimentos envasados y bebidas analcohólicas para resguardar los derechos. Por otra parte, destacaron que se busca prevenir la malnutrición en la población y reducir las enfermedades crónicas no transmisibles.

La ley establece que las bebidas y los alimentos procesados deberán tener octógonos negros de al menos un 5 % del tamaño de la cara principal del envase. Por otra parte, puede llevar más de un sello negro.

Esta ley alcanza a todas las personas, humanas o jurídicas, que fabriquen, produzcan, elaboren, fraccionen, envasen, encomienden envasar o fabricar, distribuyan, comercialicen, importen, pongan su marca o integren la cadena de comercialización de alimentos y bebidas analcohólicas de consumo humano en la República Argentina.

Otra de las normas que establece la ley es que los productos con octógonos no pueden tener publicidad comercial dirigida a niños, niñas y adolescentes ni ser vendidos en entornos escolares.

Además, los artículos con más de un sello de advertencia no podrán incluir dibujos animados, personajes, figuras públicas, regalos ni elementos que llamen la atención de niños, niñas y adolescentes en su frente.

Cuándo

Tras la reglamentación publicada este 23 de marzo, las pymes tendrán un año de margen para adecuarse a la ley, mientras que las grandes empresas tendrán un plazo de 6 meses hasta tener que exhibir los octógonos en sus productos.

Asimismo, el proyecto prevé dos años de adecuación extra para aquellas firmas que inicien un proceso de adaptación de nutrientes. La aplicación de la medida, no obstante, no podrá superar los dos años a partir de la obligación de cumplimiento de la ley y esto no es prorrogable. (Noticias AgroPecuarias)

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