Por decreto rebajan retenciones a economías regionales

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El Gobierno fijó a 0 el derecho de exportación para productos que revistan la condición de ecológicos, biológicos u orgánicos que tengan certificación (y que no sean trigo, soja o maíz).

BUENOS AIRES (NAP). El Gobierno argentino bajó retenciones a las exportsaciones a una serie de productos de economías regionales y directamente las quitó en el caso de los productos certificados como orgánicos.

La medida fue conocida hoy en sendor decretos 851/2021 y 852/2021 y será efectiva a partir del 1 de enero de 2022, según se publizó en el Boletín Oficial.

La norma fijó en 0 (cero) la alícuota del derecho de exportación para los productos que revistan la condición de ecológicos, biológicos u orgánicos, debidamente certificados y autorizados por el organismo competente.

Al mismo tiempo, redujo 5% la alícuota del derecho de exportación para trigo, soja y maíz que tengan certificación orgánica.

El Gobierno argumentó que la demanda de alimentos orgánicos representa un mercado con alto potencial de desarrollo a nivel nacional y se encuentra en crecimiento a nivel internacional.

“Si bien durante los años 2020 y 2021 se fueron reduciendo las alícuotas del tributo para distintos productos, aún quedan pendientes algunas modificaciones ya que siguen existiendo bienes finales de economías regionales que tributan Derechos de Exportación”, comenzó el comunicado.

Con una mirada puesta hacia el impacto local, se detalló que: “teniendo en cuenta la delicada situación macroeconómica actual, así como también la necesidad de promover las exportaciones para un mayor crecimiento y desarrollo, al momento de elegir los productos a incluir en la presente medida, se consideraron aquellos productos agropecuarios de las economías regionales que implicaran un bajo o nulo impacto en los precios internos”.

“Resulta conveniente, en consecuencia, incentivar la producción y exportación de alimentos diferenciados por su modo de producción, acorde al criterio de fomentar mayor producción de alimentos con valor agregado”, señalaron.

Este decreto reduce a cero a partir de 2022 las retenciones al maní, maíz pisingallo y harina de maíz. También para sorgo, cebada y sémola (en estos casos para semilla, no a granel),

También la remolacha azucarera, el aceite de tung, el aceite de uva, cera de abejas, aceitunas, conservas de legumbres, harina de papa y de legumbres y frutos secos. También estarán libre de retenciones a partir del 2022, los copos de cereales, el almidón de trigo y de maíz y la fécula de papa y de mandioca, cuando hasta el momento tributan un 4,5%.

Otros rubros: bulbos de flores y plantas vivas, junto con las semillas de centeno, cebada, avena, sorgo, colza, girasol y forrajeras tendrán retenciones del 0% a partir de la implementación del decreto. (Noticias AgroPecuarias)

 

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