Eliminan la exigencia de habilitaciones municipales en trámites del Senasa
Se suprimió la obligación de presentar habilitaciones municipales -sin modificar las exigencias sanitarias- en gestiones vinculadas a la actividad agropecuaria.
(NAP) El Gobierno argentino avanzó en la simplificación de trámites agropecuarios al eliminar la obligatoriedad de presentar habilitaciones municipales o provinciales en gestiones clave ante el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
La medida quedó formalizada mediante la Resolución 233/2026 y alcanza a una amplia gama de actividades, incluyendo trámites vinculados a laboratorios, establecimientos productivos, terminales de carga, predios con animales y empresas de productos veterinarios.
Desde el Senasa explicaron que uno de los principales problemas del esquema anterior era la superposición de requisitos.
En la práctica, la exigencia de habilitaciones locales implicaba duplicar documentación y generar mayores costos administrativos tanto para el Estado como para los actores del sector.
Además, se remarcó la dificultad de estandarizar estos requisitos a nivel nacional, dado que los criterios de habilitación varían significativamente entre municipios y provincias, lo que complicaba la operatoria y ralentizaba los procesos.
Con este cambio, el Senasa busca concentrar sus exigencias en aspectos estrictamente sanitarios, delimitando sus competencias y evitando interferencias con las facultades de control que corresponden a las jurisdicciones locales.
No obstante, el organismo aclaró que la eliminación del requisito no implica una flexibilización normativa. Los productores y empresas deberán seguir cumpliendo con todas las regulaciones vigentes a nivel nacional, provincial y municipal, aunque ya no deberán presentar esa documentación como condición para avanzar en trámites ante el ente sanitario.
Entre las modificaciones concretas, se simplifican registros y procedimientos. Por ejemplo, en el caso de establecimientos agropecuarios, bastará con acreditar la inscripción en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa), mientras que en terminales de carga se reemplazan requisitos previos por constancias vinculadas a la operatoria aduanera.
La decisión se enmarca en el proceso de desregulación impulsado por el Gobierno, apoyado en normas como el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 y el Decreto 90/2025, que promueven la eliminación de regulaciones redundantes y la reducción de costos para el sector productivo. (Noticias AgroPecuarias)









