Alcances de la declaración de emergencia por provincia

Spread the love

Cuáles son los beneficios y hasta cuándo dura según las regiones de Córdoba, La Rioja, Corrientes, Santa Fe, Chaco y Entre Ríos..

BUENOS AIRES (NAP). El Ministerio de Agroindustria publicó la resolución 20/2016 en el Boletín Oficial en el cual oficializó la declaración del estado de emergencia y/o desastre agropecuario en Córdoba, La Rioja, Corrientes, Santa Fe, Chaco y Entre Ríos.

El estado de emergencia se extiende hasta el 30 de junio para los productores agrícolas y a lo largo de todo el ejercicio 2016 para productores ganaderos y tamberos “que hubieran sido afectados por el fenómeno de anegamiento de suelos por lluvias extraordinarias”.

Así, los productores de las distintas provincias serán beneficiados por las exenciones impositivas que plantea la ley y tendrán facilidades para pedir créditos. Dependiendo la provincia, la declaración de la emergencia dura entre seis meses y un año.

Por provincia

Córdoba: estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2016 para los productores agrícolas y desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016 para los productores ganaderos y tamberos, afectados por el fenómeno de anegamiento de suelos por lluvias extraordinarias, durante el ciclo productivo 2015/2016, delimitando el área dañada, según la aplicación del criterio de cuenca hídrica, conforme el Sistema de Información Territorial cartográfica digital georreferenciada provincial, a las siguientes cuencas: 62 Río Carcarañá (Centro de los Departamentos Marcos Juárez y Unión y Noroeste del Departamento Juárez Celman, Sur Ruta N° 2), 63 Sistema Vicuña Mackenna, 64 Arroyo Santa Catalina, 65 Sistema de Canals, 66 Río Quinto (Popopis) y 67 Sistema de General Roca. Las fechas de finalización de los ciclos productivos para las explotaciones afectadas de las zonas declaradas en emergencia y/o desastre agropecuario son el 30 de junio 2016 para la actividad agrícola y el 31 de diciembre de 2016 para las actividades ganaderas y tamberas.

La Rioja: estado de emergencia agropecuaria por el término de un año contado a partir del 1 de enero de 2016 para las explotaciones hortícolas, frutícolas, de nogal, olivo y vid en las localidades Anguinan, Anguinan Pueblo, Malligasta, Nonogasta, San Miguel, Vichigasta y Sañogasta del Departamento Chilecito. Fijándose en el 31 de diciembre de 2016, la fecha de finalización de los ciclos productivos para las explotaciones afectadas de las zonas declaradas.

Corrientes: estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, a partir del 1 de diciembre de 2015 por el término de seis meses, para las explotaciones agropecuarias afectadas a causa de las intensas lluvias y desbordes de ríos, acaecidos durante los meses de noviembre y diciembre de 2015 ubicadas en el área comprendida por las zonas de islas del Paraná, terrazas inundables de los ríos Paraná y Uruguay y desembocaduras de los ríos Corriente, Santa Lucía, Guayquiraró, Aguapey, Cuay y Mocoretá. Siendo el 31 de mayo de 2016 la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas de las zonas declaradas.

Santa Fe: se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2015, el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, que fuera declarado por el Artículo 1° de la Resolución N° 168 del 8 de abril de 2015, del entonces Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, para las explotaciones ganaderas de carne y/o leche afectadas por los excesos de precipitaciones, anegamientos temporarios y desbordes de arroyos y cursos de agua, de los Departamentos Belgrano, Caseros, Castellanos, Constitución, Garay, General López, General Obligado, Iriondo, La Capital, Las Colonias, 9 de Julio, Rosario, San Javier, San Lorenzo, San Jerónimo, San Justo, San Cristóbal, San Martín y Vera.

Chaco: estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, a las explotaciones ganaderas, apícolas y hortícolas ubicadas en la totalidad del Departamento San Fernando y en el margen este de los Departamentos Bermejo y 1° de Mayo con límite en la Ruta Nacional N° 11, por el término de ciento ochenta días corridos desde el 11 de diciembre de 2015, por crecidas y desbordes de los cursos de agua de la Cuenca Paraguay y Paraná e intensas precipitaciones pluviales y sus consecuencias. Determinándose el 7 de junio de 2016 como la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas de las zonas declaradas.

Entre Ríos: estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 15 de diciembre de 2015 por el término de un año, para las explotaciones ganaderas y apícolas de las zonas de islas y anegadizos de los Departamentos La Paz, Paraná, Diamante, Victoria, Gualeguay e Islas del Ibicuy, afectadas por la crecida del río Paraná; y a las explotaciones ganaderas, citrícolas, frutícolas, hortícolas y apícolas de los Departamentos Federación, Concordia, Colón, Uruguay, Gualeguaychú e Islas del Ibicuy, afectadas por la crecida del río Uruguay. Siendo el 14 de diciembre de 2016 la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas de las zonas declaradas. (Noticias AgroPecuarias)

También le puede interesar...