Nuevo régimen informativo de compras y ventas

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A la fecha no se encuentra publicado el Padrón de Sujetos que deberán presentar este nuevo régimen informativo de acuerdo al volumen de ventas.

BUENOS AIRES (NAP). La Administración Federal de Ingresos Públicos de Argentina modificó el sistema de compras y ventas mediante la publicación de la Resolución 3685/15, que sustituye y unifica en un nuevo CITI compras y ventas.

Mediante esta nueva metodología a partir del empleo de las herramientas informáticas, el fisco podrá tener mes a mes el libro del IVA compras  e IVA ventas de todos los contribuyentes alcanzados por la Resolución, para su control y verificación.

Según el Estudio Barrero Larroudé y Globaltecnos, ahora no será necesario que al contribuyente le soliciten por medio de un requerimiento, los libros de IVA compras e IVA ventas para su posterior control. Este aspecto es es importante aclararlo porque hasta el momento era información que se solicitaba con poca frecuencia.

Con la entrada en vigencia de esta nueva disposición, es como si todos los meses le solicitaran al empresario, los libros referenciados. Si bien este nuevo régimen tiene vigencia desde el 1/1/2015, la información comenzará a suministrarse con un cronograma preestablecido desde el mes de junio 2015

Si bien ya se encuentra disponible el programa aplicativo “Régimen de información de Compras y Ventas Versión 1.0” para la presentación de la información, a la fecha no se encuentra publicado el Padrón de Sujetos que, entre otras variables, deberán presentar este nuevo régimen informativo de acuerdo al volumen de ventas, cantidad de comprobantes emitidos, tipo de servicio prestado, etc.

Como esta información deberá suministrarse por mes calendario y la presentación deberá efectuarse hasta el día de vencimiento fijado para la presentación de la declaración jurada del IVA correspondiente al período mensual que se informe, esto obliga a que la empresa deba tener tanto el libro de IVA ventas como el IVA compras “al día”.

Esto implica que el sector administrativo de la empresa, deberá registrar todas las operaciones al efecto de poder presentarlo en término y evitar multas formales.

Conclusión

Para el contador Alejanadro Larroudé, el hecho de poder contar con herramientas informáticas, no implica que la carga administrativa de la empresa disminuya. Sino que por lo contrario, ante tantos regímenes informativos, aumentan las posibilidades de errores.Mas aún en este caso, que el plazo de registración es el mismo que el de la fecha de presentación de la declaración jurada del IVA del mes que se informa.

“Al establecerse la obligatoriedad de la utilización de factura electrónica a partir de julio del 2015 para los responsables inscriptos en el IVA, se obliga a una gran cantidad de contribuyentes al cumplimiento régimen informativo no cumpliendo el mismo, con su verdadero objetivo, ya que recae en sujetos obligados de poco interés fiscal”, consignó el profesional.

Por último sería interesante que “a partir del cumplimiento del plazo especial del régimen informativo de compras y ventas, se comience a eliminar otros regímenes de información existentes”(Noticias AgroPecuarias).

EB

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